La normativa extiende los cambios introducidos en enero de 2025, cuando el Ejecutivo flexibilizó el ingreso de productos elaborados provenientes de países con estándares sanitarios reconocidos por la Argentina; ahora, el beneficio también alcanza aditivos e ingredientes, entre otros.
El Gobierno profundizó la desregulación del sistema de control de alimentos al ampliar el reconocimiento automático de certificaciones sanitarias extranjeras, simplificar los trámites de importación de insumos alimentarios y reorganizar las competencias de los organismos encargados de fiscalizar el sector. La medida fue oficializada este lunes mediante el Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial.
La normativa extiende los cambios introducidos en enero de 2025, cuando el Ejecutivo flexibilizó el ingreso de alimentos elaborados provenientes de países con estándares sanitarios reconocidos por la Argentina. Ahora, el beneficio también alcanza aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y materiales en contacto con alimentos, además de modificar el funcionamiento del Sistema Nacional de Control de Alimentos y fortalecer el rol del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en la fiscalización y el control del sistema.
“Se considerarán satisfechas las exigencias del Código Alimentario Argentino en el caso de importaciones de productos alimenticios, aditivos, coadyuvantes de tecnología, ingredientes y/o envases que cuenten con certificación emitida por los países individualizados en el presente decreto o cuando los Estados utilicen las normas del ‘Codex Alimentarius’”, informó el Gobierno en el decreto que lleva las firmas del presidente, Javier Milei; el jefe de Gabinete, Diego Santilli; el ministro de Economía, Luis Caputo; y el ministro de Salud, Mario Lugones.
Según el Gobierno, que este tipo de nuevos productos no estuviera incluido también en la flexibilización de los permisos “impedía a la industria nacional emplearlos en la elaboración”.
Por ello es que “la idoneidad de los sistemas de control de los países individualizados resulta igualmente aplicable a los aditivos, coadyuvantes de tecnología e ingredientes que cuenten con certificación emitida por la autoridad competente de tales países, correspondiendo extender a estos insumos idéntico tratamiento con el fin de eliminar una carga regulatoria que opera en perjuicio de la producción nacional”. La norma establece además que, para los productos alcanzados por este esquema, la autoridad sanitaria nacional “no podrá requerir exigencias adicionales”.
“En los casos de importaciones desde países con los que rijan tratados de integración económica o acuerdos de reciprocidad, la Autoridad Sanitaria Nacional podrá también considerar satisfechas las exigencias de este Código, previa evaluación del sistema de control alimentario en cada país de origen”, se agregó en el texto del decreto publicado este lunes.
La Nación

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